Está vigente el blanqueo para el sector de la Construcción

Desde este miércoles las empresas del sector podrán adecuarse a la ley. La medida se extenderá por el lapso de un año.

A partir de este miércoles está vigente el procedimiento de la Ley de Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, o el blanqueo de capitales que anunció el ministro de Economía, Sergio Massa, para intentar captar divisas para las reservas del Banco Central.

El pedido de Massa para sumar 450.000 empleos y 1,5 millones de metros cuadrados en obras

Según la Resolución General 5253/2022 de la Afip, publicada en el Boletín Oficial, la Ley extiende por un año el régimen de blanqueo para la construcción con el objetivo de promover el desarrollo o inversión en los proyectos inmobiliarios realizados en el territorio nacional. Según declaró Massa en su cuenta de Twitter, se trata de una "herramienta que brinda orden para que el ahorro de miles de argentinos se transforme en trabajo y desarrollo".

La expectativa generada alrededor de esta medida, es lograr que el sector llegue a la cifra de 450.000 trabajadores registrados y concretar más de 1,5 millones de metros cuadrados construidos a través de la obra pública. La norma incluye un programa, denominado "Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina", a través del cual se instituyó un régimen de normalización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en ese sector.

Según lo dispuesto, la adhesión al sistema voluntario de declaración de tenencia de moneda nacional y extranjera "implicará para el contribuyente la renuncia a cualquier procedimiento judicial o administrativo tendiente a reclamar, con fines impositivos, la aplicación de procedimientos de actualización de cualquier naturaleza".

En los casos de deudas en curso de discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, los sujetos deberán -con carácter previo a la adhesión- manifestar la voluntad de allanarse, desistir y renunciar a toda acción y derecho allí invocados, mediante declaración jurada, aclaró el texto oficial.

En tanto, la AFIP señaló que "gozarán de los beneficios impositivos del régimen los inversores de las obras registradas y los sujetos que vendan un inmueble de su propiedad para el desarrollo de proyectos inmobiliarios".

Descargá la Resolución General 5253/2022 de Afip. 

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