Hidrocarburos: los puntos más importantes del nuevo régimen de acceso a dólares

El gobierno reglamentó el Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo.

A través del Decreto 484/2022, publicado este martes en el Boletín Oficial de la Nación, se reglamentó la medida de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip) y un esquema similar para el gas.

Se trata de una iniciativa que ya había anticipado Sergio Massa a pocos días de haber asumido al frente del Ministerio de Economía. Este nuevo esquema está en sintonía con otras medidas, como  la prórroga para el blanqueo de capitales del sector de la construcción, con lo que el gobierno pretende conseguir dólares para aliviar la compleja situación de las reservas del Banco Central .

En concreto, la reglamentación del Decreto N° 277/2022 buscar propiciar inversiones para incrementar la producción de las áreas hidrocarburíferas al habilitar a los titulares de las mismas a presentarse conjuntamente con otras personas jurídicas para su explotación. El requisito es una inversión mínima de 50 millones de dólares.

Puntos principales del decreto reglamentario de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo: 

Con el fin de definir la Línea Base correspondiente al RADPIP, se considera como tal a la producción de petróleo crudo correspondiente al período de enero a diciembre de 2021, ambos inclusive,proveniente de las áreas de titularidad de la beneficiaria o del beneficiario.

Quienes queden encuadrados en el Régimen "podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022, previo cumplimiento de los requisitos y dentro de los plazos que establezca la Secretaría de Energía".

Los aspirantes deberán completar esa solicitud dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles y posteriores a la finalización de cada trimestre, en una gestión que incluirá medidas complementarias de la Secretaría de Energía y de la AFIP. Una vez aceptada la solicitud, Energía expedirá un certificado que será notificado por nota a los beneficiarios, a la AFIP y al Banco Central.

Los beneficiarios "deberán incrementar sus compras y contrataciones a proveedores nacionales y regionales a diciembre de 2024 en un 30 % para los rubros de perforación y terminación y en un 40 % para los rubros de producción y mantenimiento y obras e instalaciones de superficie sobre el porcentaje de composición del gasto de 2021".

Las empresas productoras de petróleo y gas natural que accedan a los regímenes especiales de disponibilidad de divisas tendrán que presentar información en carácter de declaración jurada, por lo que "en caso de omisión, falsedad o inconsistencia" serán sancionadas. Energía podrá suspenderles el beneficio o descontar automáticamente de futuros beneficios los certificados emitidos con datos falseados u omitidos.

Decreto 484/2022

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