El gobierno extendió por cuatro años más un régimen especial para inversiones mineras

Para ingresar al régimen, las empresas deben inscribirse en un registro, procedimiento que fue simplificado a fines de 2018.

La Secretaría de Minería dispuso una prórroga de cuatro años para el actual procedimiento de inscripción al régimen de beneficios previsto por la Ley 24.196 de Inversiones Mineras- Lo hizo a través de la Resolución 21/2023 publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Nación.

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Dicha ley prevé, entre otros aspectos, estabilidad fiscal por 30 años desde el momento de la presentación de la factibilidad económica del proyecto donde no se podrá ver modificada la carga tributaria y arancelaria, una deducción del 100% del Impuesto a las Ganancias en los gastos de inversión al igual que una deducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la compra de bienes o servicios en la etapa de exploración.

También dispone un régimen de amortización acelerada y la exención del pago de aranceles para bienes de capital e insumos. 

Para ingresar al régimen, las empresas deben inscribirse en un registro, procedimiento que fue simplificado a fines de 2018. 

Debido a que toda normativa del ex Ministerio de Producción debe tener una vigencia que no supere los cuatro años, prorrogables por única vez para "fomentar la actualización y revisión de normativa", el procedimiento venció el pasado 2 de enero.

Otra novedad comunicada en la Resolución, es que a partir de ahora se reduce de 18 a 15 días el tiempo que la Dirección Nacional de Inversiones Mineras tardará para recomendar o rechazar la solicitud de inscripción. En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos o tenga alguna omisión u error, se suspenderá dicho plazo hasta la subsanación de estas observaciones.

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