¿Cómo es el certificado para trabajar en obras privadas?
En el artículo 2° del Decreto Nacional quedaron exceptuados del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, las personas afectadas al desarrollo de obra privada en el ámbito de las provincias de San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, Mendoza, La Pampa y Jujuy.
Para poder circular deberán contar con una certificación que acredite su condición. Para ello deberá completar el siguiente formulario:
Además, deberán llevar impreso el decreto reglamentario (descargar aquí) que también será obligatorio para poder trasladarse, junto al permiso de circulación.
Por su parte, para que la Provincia pueda tener una administración y seguimiento, también se deberá completar un registro de obras privadas en el siguiente enlace: https://buhogestion.mendoza.gov.ar/obraprivada
Ese formulario lo deberán completar aquellas empresas, profesionales, propietarios o comitentes que decidan retomar sus actividades, a efectos de identificar dónde se ejecutan o se ejecutarán las obras y cantidad de personal previsto para que intervenga en cada una de las mismas.